Artículo 153
Artículo 153. Criterios para imponer las sanciones. Los criterios a considerar para determinar las sanciones a imponer son los siguientes:
a) Afectación o riesgo a la salud de la población;
b) Afectación o riesgo a las fuentes de agua, los ecosistemas de agua y al ambiente;
c) Beneficios económicos obtenidos por el infractor;
d) Gravedad de los daños generados y la consideración de si existen daños ambientales irreversibles;
e) Circunstancias atenuantes o agravantes de la comisión de la infracción;
f) Capacidad de pago del infractor;
g) Reincidencia; y
h) Costos en que debe incurrir el Estado para gestionar los daños.
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