Cambios en "Artículo 140"
Cuerpo (Castellano)
- +Artículo 140. Régimen laboral. El personal de la Superintendencia estará sujeto a un régimen laboral y de remuneraciones interno, establecido por el Directorio Nacional, acorde a la Constitución Política de la República y los Convenios Internacionales de Trabajo suscritos y ratificados por Guatemala.
Título (Castellano)
- +Artículo 140