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Cambios en "Artículo 134"

Avatar: Silvia Mendoza Alvarado Silvia Mendoza Alvarado

Cuerpo (Castellano)

  • +Artículo 134. Doctrina Administrativa. Constituye doctrina administrativa en materia de aguas, el conjunto de criterios emanados de las sentencias y resoluciones del Tribunal Administrativo del Agua, emitidas en un mismo sentido sobre materias de su competencia.  El Tribunal velará por la coherencia, uniformidad y actualización de esta doctrina, así como por su sistematización y publicidad.

Título (Castellano)

  • +Artículo 134

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