Cambios en "Artículo 111"
Cuerpo (Castellano)
- +Artículo 111. Creación de las Intendencias. Por mandato de la presente ley se crean tres Intendencias de Vertiente y la Intendencia para la Gestión Urbana del Agua, cada una a cargo de un Intendente General responsable de dirigirlas.
Título (Castellano)
- +Artículo 111