Artículo 109
Artículo 109. Representación Legal. El Superintendente es el Representante Legal de la Superintendencia Nacional del Agua, quien podrá otorgar mandatos a los Intendentes Generales para que representen a la Superintendencia en los procesos administrativos o judiciales que se planteen en sus respectivos territorios o cuando resulten afectadas las funciones atribuidas a la Superintendencia por esta ley, los reglamentos internos y demás leyes vigentes que la regulen.
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