Artículo 78
Artículo 78. Planes de Gestión de Cuenca, Protección, Mejoramiento y Recuperación de la Calidad del Agua. Como parte del proceso de planificación nacional del agua, la Superintendencia Nacional del Agua definirá planes de gestión de cuenca, orientados a la protección, conservación, mantenimiento, restauración y regeneración del agua, que permitan contar con la cantidad y calidad necesarias de recursos hídricos para satisfacer los usos comunes y los aprovechamientos especiales de agua.
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