9
Para asegurar el seguimiento permanente, se designará una institución coordinadora entre las entidades que integran el Grupo Motor. Esta designación deberá considerar las competencias legales, las capacidades técnicas y operativas, la relación con el Portal Nacional de Datos Abiertos y la capacidad institucional para dar continuidad a la Estrategia.
La institución coordinadora no sustituirá las competencias de las demás entidades ni concentrará todas las funciones de implementación. Su función será facilitar la coordinación y el seguimiento de los acuerdos adoptados por el Consejo Estratégico de Datos Abiertos.
Tendrá las siguientes responsabilidades:
Coordinar la elaboración y actualización del plan anual de implementación.
Convocar y dar seguimiento a las reuniones del Consejo Estratégico de Datos Abiertos y del Comité Técnico.
Consolidar los indicadores y avances reportados por las instituciones.
Coordinar la preparación del informe anual de implementación.
Dar seguimiento a los acuerdos y alertar sobre retrasos, brechas o riesgos.
Articular la asistencia técnica dirigida a las instituciones productoras.
Coordinar el funcionamiento del mecanismo de participación de usuarios.
La institución que asumirá esta función deberá definirse y validarse durante el proceso de aprobación de la Estrategia.
Compartir